EN ESTA PARROQUIA
Para casarse en esta parroquia, deben reservar la fecha de la boda en el despacho parroquial (Lunes, Miércoles y Viernes –no festivos, ni vigilia de festivos- de 18’00 a 20’00 h.).
Una vez concretada el día de la celebración del matrimonio, deben iniciarse los trámites desde los seis meses antes de la fecha de la boda, no antes. Para ello necesitarán la siguiente documentación:
- Certificado de Bautismo de ambos novios. Debe solicitarse en las parroquias donde fueron bautizados. En caso de ser de fuera de la diócesis de Barcelona, deberán ser legalizadas (autorizadas) por el obispado correspondiente.
- Libro de Familia de los padres de ambos novios, donde consten los datos del nacimiento de los contrayentes. En caso de no poder disponer del libro también puede pedirse un certificado de nacimiento en el Registro Civil.
Con esta documentación, se iniciará el EXPEDIENTE MATRIMONIAL, que deberá hacerse preferentemente en la parroquia de la novia, en el que constarán todos los datos necesarios para casarse y una declaración de los novios conforme quieren contraer matrimonio cristiano.
Todos los futuros matrimonios deberán participar del CURSILLO PRE-MATRIMONIAL (De preparación al Matrimonio cristiano), podrán hacer el cursillo en esta parroquia o en cualquier otra, trayendo el certificado que lo acredite.
La preparación de la Ceremonia, deberán hacerla con el sacerdote que les casará, ya que el Ritual del Matrimonio propone diversas opciones que los novios deberán elegir.
Otras cuestiones prácticas:
FLORES: Podrán pedirlas en cualquier floristería y hacerlas traer a la Iglesia. O bien ponerse de acuerdo con la sacristana de la parroquia para que se encargue ella.
MÚSICA: La parroquia no dispone de grupo musical para bodas, pero si de equipo de megafonía con música de boda pre-grabada. Los contrayentes podrán contratar los servicios de cualquier grupo musical u organista.
FOTOGRAFIA Y VIDEO: Cualquier fotógrafo (sólo uno) podrá encargarse del reportaje fotográfico (y video). Deberá ponerse de acuerdo previamente con el párroco, para que respete las normas mínimas que se exigen en una celebración en la Iglesia. La parroquia no dispone de fotógrafo oficial.
DONATIVO: La parroquia no va a solicitarles ninguna cantidad concreta por casarse, les dará un sobre y apelará a su responsabilidad y generosidad.
INFORMACIÓN SOBRE LAS CELEBRACIONES DE MATRIMONIO
EN CUALQUIER PARROQUIA
Para casarse, deben reservar la fecha de la boda en la parroquia donde se celebrará el matrimonio. Para ello deben acudir al despacho parroquial de la misma o haber hablado con el sacerdote responsable de ese templo.
Una vez concretada el día de la celebración del matrimonio, deben iniciarse los trámites desde los seis meses antes de la fecha de la boda, no antes. Para ello necesitarán la siguiente documentación:
- Certificado de Bautismo de ambos novios. Debe solicitarse en las parroquias donde fueron bautizados. En caso de ser de fuera de la diócesis de Barcelona, deberán ser legalizadas (autorizadas) por el obispado correspondiente.
- Libro de Familia de los padres de ambos novios, donde consten los datos del nacimiento de los contrayentes. En caso de no poder disponer del libro también puede pedirse un certificado de nacimiento en el Registro Civil.
Con esta documentación, se iniciará el EXPEDIENTE MATRIMONIAL, que deberá hacerse preferentemente en la parroquia de la novia, en el que constarán todos los datos necesarios para casarse y una declaración de los novios conforme quieren contraer matrimonio cristiano.
Si la boda es fuera de la diócesis de Barcelona, el Expediente deberá pasar por el Arzobispado de Barcelona, para que éste de su autorización de traslado a la diócesis en la que se celebrará el enlace.
Todos los futuros matrimonios deberán participar del CURSILLO PRE-MATRIMONIAL (De preparación al Matrimonio cristiano), podrán hacer el cursillo en la parroquia de cualquiera de los dos contrayentes, en la que se celebrará la boda o en cualquier otra, trayendo el certificado que lo acredite.
En caso de que la boda sea en un lugar diferente a la parroquia en la que se ha hecho el Expediente Matrimonial. La Parroquia que ha hecho el expediente cuando éste esté totalmente completado y el cursillo prematrimonial ya realizado, autorizará el traspaso del Expedientea la parroquia en la que se celebrará la boda y entregará el expediente para que sean los mismos novios los que lo lleven a la parroquia donde se casarán.
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